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Editorial | Constitucionalizando el disenso

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El borrador de propuesta constitucional que será sometido a plebiscito el próximo 17 de diciembre ha sido votado en su totalidad por el pleno del Consejo Constitucional, y todo parece estar listo para su difusión y campaña electoral.

En la historia constitucional chilena, al menos hasta 1980, los textos no habían dedicado demasiado espacio o atención al orden público en las diversas dimensiones que lo componen. Los redactores de los cuerpos legales anteriores entendieron que es la ley, y más específicamente el código penal, el instrumento a usar en una democracia para abordar una problemática propia de la vida moderna.

Con el correr de los años, el surgimiento del crimen organizado, los delitos económicos, virtuales o contra el medio ambiente, han demandado a las instituciones encargadas, nuevas legislaciones con el fin de afrontar nuevos fenómenos.

La constitución de 1980 rompió el paradigma constitucional chileno, al criminalizar no sólo la protesta social, sino que la disidencia política, con normas más que específicas ya derogadas o modificadas en los artículos 8 y 9. Luego de esto, y en el marco de las negociaciones de los primeros años de la post dictadura, aparecen las denominadas Leyes Cumplido, que introdujeron reformas a diversos articulados clave, manteniendo igualmente el carácter autoritario y antidemocrático de algunas normas.

Así, viajamos en el tiempo hasta nuestros días. Tras el turbulento inicio de este ciclo político, bajo el fragor del Estallido Social, y el fallido proceso constitucional anterior, llegamos al nuevo borrador, que viene a reverdecer algunas de las normas más recalcitrantemente conservadoras de su antecesor guzmaniano.

En el nuevo texto, la disidencia política y el derecho a la protesta, quedan estrictamente circunscritas al margen del Orden Público. Toda manifestación de no se rija por las “normas” que le dan marco son delictivas, y por tanto entendemos que toda consecuencia de la violencia policial contra la población que se expresa legítimamente, quedará también bajo el marco del “apego a la ley” y al “orden público”.

Al igual que en 1980, cuando los disidentes y opositores eran considerados terroristas por su pensamiento y acción, en pleno 2023, vemos como el mismo pájaro, con distinto plumaje, vuelve a volar acechante sobre todos quienes no están de acuerdo en cómo vivimos.

-Editorial publicada en la edición N° 24


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