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Indultos en la Transición: Las lecciones aprendidas y las no aprendidas (segunda parte y final)

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Por Maximiliano Sepúlveda Rodríguez

Imagen: Nómina de presos políticos indultados a partir del 11 de marzo de 1990 (página 1). Archivo presidencial Patricio Aylwin.

“Existe un criterio político fundamental: No es posible comparar, ni menos compensar, las situaciones provenientes de la dictadura, y las actuaciones provenientes de los opositores. Resultaría inmoral compensar crímenes horrendos, también lo sería dejarlos en la impunidad”.

“No es posible equiparar la gravedad del terrorismo de Estado con la del terrorismo privado (sic). La responsabilidad ética frente a la violencia no es uniforme. El autor de la violencia represiva, del terrorismo estatal, es originalmente violento; en cambio, la violencia contestataria o el terrorismo en el contexto de una dictadura es derivado”.

“La violencia política de resistencia, cuando no acarrea la muerte de terceros, puede calificarse como delito violento no terrorista, como ocurre con el acto de sabotaje, por ejemplo. Los autores de este tipo de delitos deberían ser favorecidos con la libertad. En democracia, el delito político es, fundamentalmente, un atentado contra la soberanía interior, contra las instituciones democráticas. En cambio, en dictadura, el delito político es, esencialmente, un atentado contra el poder dictatorial”.

“De esa distinción se desprende que la democracia debe ser magnánima con los casos de delito político”.

Documentos de trabajo comisión de Justicia y Derechos Humanos Concertación de Partidos por la Democracia. Santiago de Chile, 10 de abril de 1989.

Cuarto acto: 397

Tras la asunción al poder de Patricio Aylwin y la reapertura del Congreso Nacional, en 1990, el “problema” de los Derechos Humanos latía fuerte en los pasillos de la Moneda. Más allá de la caótica escena de los primeros meses de la Transición, tan conocida y revisada, Aylwin y su círculo más cercano entendían que su mandato era inviable si debía cargar, además de la parálisis económica en la que la dictadura dejó el país, con todos los problemas, secuelas y daños irreparables del horror de 17 años de tiranía.

Uno de los más distintivos, no involucraba el indignado clamor de los familiares, ni miles de kilómetros cuadrados de territorio nacional por revisar en busca de asesinados y desaparecidos, estaba en los 397 hombres y mujeres presos en las cárceles chilenas por delitos denominados de carácter terrorista.

El abogado Jaime Esponda, ex coordinador nacional de la Vicaría de la Solidaridad, ex jefe de la Oficina de Retornos, -que debió gestionar la vuelta de más de 60 mil exiliados-, y autor del texto que abre la segunda parte de este reportaje, evoca con especial atención el debate al interior del gobierno de la época respecto al tema: “Mi primer recuerdo del tema de los presos políticos es de la Comisión de Derechos Humanos de la Concertación, que era una comisión programática. Ahí había dos temas clave para nosotros: La ley de amnistía (N. de la R: De 1978, aún vigente), y el de los presos políticos y el exilio”.

“Respecto a los presos políticos, hubo mucho debate. Especialmente en lo referido a aquellos que habían participado en atentados contra otras personas: Muerte de un carabinero, militar, etc. Actos que la dictadura calificaba de terroristas y les aplicaba la ley antiterrorista. Sobre esos casos había un consenso bastante grande respecto a que ese tipo de acciones no se justificaban. Esto tiene que ver por supuesto con la composición de los partidos de la Concertación, si nos vamos al PC y el Movimiento Democrático Popular, todos eran actos de resistencia plenamente justificados. Esta diferencia venía de mucho antes, incluso en la Vicaría, donde había un límite que era el que se atendía a aquellas personas que habían participado en hechos de sangre, pero no se les defendía en el proceso, esas personas debían ser defendidas por el CODEPU”.

Al mismo tiempo, la salida de Pinochet de la primera magistratura, abrió en muchos la noción de que era posible escapar de las draconianas condenas de la Justicia Militar, acudiendo directamente al Ejecutivo en busca de Perdón.

Así, la oficina de partes de La Moneda comenzó a recibir decenas de misivas de organizaciones estudiantiles, internacionales y de la sociedad civil, solicitando indulto a los presos políticos, además de personas u organizaciones que abogaban por un particular, o por ellos mismos.

Es el caso de Patricia Herrero, enfermera, torturada y encarcelada en dictadura, condenada a 3 años de presidio. Solicitó el indulto el 3 de febrero de 1990 tras haber recibido una nueva sentencia, esta vez de 35 años. Acompañó su petición con cartas de apoyo de colegios profesionales y/o asociaciones gremiales de enfermeras de Australia, Holanda, Perú, Italia, y la Federación Panamericana de Profesionales de Enfermería.

O Germin (sic) Montes García, preso político durante más de 11 años y condenado a 16 más en 1991. Solicitó indulto el 30 de noviembre de 1992 a través de una carta enviada al palacio presidencial desde Holanda.

Y además la carta enviada por un grupo de dirigentes y representantes de la sociedad civil, expresando preocupación por la situación de 27 presos políticos: “…varios de ellos jóvenes que optaron luchar por conquistar la democracia, alcanzar la Justicia y la Libertad de nuestro país y que por ello se hallan detenidos con juicios burocráticos y parciales y que además les han significado la pérdida de sus fuentes laborales; el no poder continuar con sus estudios superiores; sus proyectos afectivos truncados. Y por sobre todo ser víctimas brutales de torturas, tratos denigrantes, inhumanos y vejatorios”, que contó con la firma de Álvaro Elizalde, (presidente de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Chile), Fulvio Rossi (presidente de la Federación de Estudiantes de la Universidad Católica), e incluso Marco Enríquez-Ominami (Jóvenes Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos), entre otros.

Carta organizaciones estudiantiles y de la sociedad civil

Quinto acto: ¿Cuántas formas hay de luchar contra la tiranía?

Según lo relatado por Jaime Esponda, el tema dio para ardua discusión, incluso iniciado el gobierno: “Se decía que era legítimo resistir contra una dictadura ejerciendo la violencia siempre que ésta no fuese contra personas. Por ejemplo, en acciones de sabotaje de infraestructura o bienes. Se hacía esa distinción y, a partir de ahí se discutía cuáles se indultaba y cuales no. Hubo un momento muy importante donde Andrés Domínguez, que formaba parte de esa comisión y había sido alto dirigente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos dice, tenemos que ver esto desde la perspectiva de los derechos humanos de esas personas, no desde la perspectiva penal. Porque si nos vamos sólo desde la perspectiva penal, estamos fritos. Luego agregó: Aquí hay algo que es muy claro: Todos estos procesos penales están viciados, desde el punto de vista del derecho al debido proceso, tanto desde lo institucional, con lo que significa la Justicia Militar, y en cada uno de las causas, donde había innumerables irregularidades. Esto nos llevaría a la anulación de todos estos procesos, lo que era bastante audaz».

“Típico de Aylwin”

“Eso tuvo bastante peso en la discusión, pero después de las elecciones, lo que recuerdo de reuniones a las que asistí en La Moneda con el presidente Aylwin, cuando nos consultaba respecto a qué hacer con los presos políticos, con los desaparecidos, etc. Ahí, nos planteó el problema de que era inviable resolver esto por la vía de la ley, ya que necesariamente cualquier legislación debía ser negociada en el Parlamento, y de ahí iba a salir deformada. Entonces nos preguntó “No sería mejor…” ya lo tenía decidido, pero nos preguntaba igual, -típico de Aylwin-, si yo saco un decreto supremo y creo una Comisión… Por supuesto que a todos nos pareció mejor. Él era así, creo que lo hacía para probarse”.

“A partir de ahí, la tesis de la nulidad de los procesos quedó descartada, por razones políticas, y se decidió avanzar por el lado de la modificación de penas y normas”.

“Alguna vez Francisco Cumplido me dijo que, a su juicio, la única forma de que aquellas personas que habían cometido homicidios, o hechos denominados terroristas, salieran en libertad, no era el indulto, sino que la conmutación o sustitución de las penas, lo que a mi juicio era tremendamente reaccionario ya que era una rémora de los tiempos de la Edad Media, donde los imperios enviaban a aquellos que ya no tenían vuelta a las colonias de ultramar, y que era una pena casi inexistente en los códigos penales modernos”.

Sexto acto: El empate de la Amnistía General, un riesgo permanente

Uno de los principales efectos de la simultaneidad en la elecciones presidencial y parlamentaria en Chile es que, desde el minuto 1, en La Moneda se sabe, sin alardes de pitonisa, hasta dónde podrán llevarse determinadas iniciativas. Habitualmente, este “catastro de posibilidades” tiene que ver con grandes reformas económicas, constitucionales, de ley orgánica, creación de nuevos organismos o instituciones públicas, etc. Por esos tiempos, además de la enorme agenda de reformas políticas que debía llevarse adelante, hubo otros temas de ley que generaron enorme debate. Mal que mal, en Chile no había ley de divorcio, existía una odiosa distinción entre los hijos nacidos dentro y fuera del matrimonio, y además seguía vigente la pena de muerte, entre otras disposiciones claramente premodernas.

Sin embargo, paradójicamente, hay un tema que genera el mismo nivel de debate y controversia, sin importar la época en la que se tenga: El referente a los Derechos Humanos.

Una vez definida, tanto por votación popular como por las imposiciones de la Transición, la correlación de fuerzas en el Parlamento, con senadores, diputados y senadores designados, inmediatamente se iniciaron las negociaciones políticas para resolver desde lo urgente a lo de mediano plazo, y desde lo particular a lo macro institucional.

En ese escenario, la existencia de 397 presos políticos encarcelados en condiciones criminales, generó un fenómeno que se repite hasta nuestros días: El riesgo permanente de una negociación que incluyera una nueva ley de amnistía, para civiles y uniformados por igual. Una ley de Punto Final u otra iniciativa que, con el pretexto de buscar “la paz”, impulsara un borrón y cuenta nueva que engordara aún más los imperdonables pactos de impunidad que ya se estaban adobando.

En una carta enviada desde Temuco el 25 de octubre de 1993, el senador Sergio Diez, líder conservador de Renovación Nacional, solicitó al presidente de la República que el proyecto de ley que buscaba restituir la facultad presidencial de indulto, no considerara aquellos delitos en los que se viesen afectados carabineros o personal de la Policía de Investigaciones (actual PDI): “Si se quiere reforzar la acción de Carabineros e Investigaciones debe quedar establecido en la ley que los delitos cometidos contra ellos. no podrán ser objetos de perdón presidencial, cuando los hechos ocurran en el ejercicio de sus funciones” (Se conserva redacción, puntuación y ortografía originales).

Aylwin, en su estilo, respondió diplomáticamente la carta del parlamentario, descartando amablemente su propuesta: “En respuesta a su carta del 25 del mes pasado en la que me solicita la inclusión en la actual convocatoria a Legislatura Extraordinaria de la moción con la que usted ha iniciado un proyecto de ley que determina los casos y formas en que procede el indulto, me permito expresarle lo siguiente: Luego de analizar los fundamentos de dicha moción, así como la opinión que ella le merece a la Excma. Corte Suprema, he concluido que no me parece oportuno, en los últimos meses de mi período presidencial, modificar la legislación vigente sobre el particular, más todavía cuando la H. Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, así como el H. Senado mismo, tienen numerosos asuntos en tabla muy prioritarios para el Poder Ejecutivo”.

De acuerdo a la remembranza de Jaime Esponda, la oferta del Punto Final siempre estuvo sobre la mesa: “Eso era algo que se planteaba no sólo en privado, sino que a través de declaraciones públicas. Se tenía la idea de que la paz se obtendría a través del borrón y cuenta nueva general. Pero al menos en lo que respecta al mundo de los Derechos Humanos y la Vicaría, nadie jamás se tragó esa píldora. En primer lugar, ya existía una ley de amnistía, y nosotros no la aceptábamos. Respecto de eso la discusión era -y ahí sí que participé bastante- anular la ley de amnistía. Yo estaba por esa postura, pero había otros como Ricardo Núñez o José Antonio Viera-Gallo que apostaban más bien por dejar las cosas en manos del Poder Judicial, quizás esperando un cambio de doctrina…”

¿Que luego se daría a través del juez Guzmán o la tesis del “Secuestro permanente”?

“Exacto. Ahora, el Poder Judicial llegó mucho más allá de lo que algunos esperaban, ya que sentó jurisprudencia en términos de declarar la ley de amnistía como contraria a los tratados internacionales suscritos por Chile y, por lo tanto, inconstitucional, ya que la misma Corte había establecido que los tratados internacionales tenían rango constitucional”.

“En resumen, una vez asumido el nuevo Congreso, con la composición que tenía, era imposible tanto derogar la ley de amnistía como hacer una nueva”.

Informe Presos Políticos en la Transición

Epílogo: Las lecciones del pasado y el escenario actual

Entendiendo que no son momentos históricos en absoluto comparables, de todos modos, podemos advertir cierta posibilidad de diálogo entre lo ocurrido a principios de los ´90 y la actualidad de los presos de la revuelta, especialmente en las lecciones aprendidas y las no aprendidas, ¿Cuál es su visión del escenario actual en este tema?

“Estoy sorprendido por la falta de rigor que se observa en el Congreso y en los políticos. Después de todo lo que ha pasado en nuestro país, donde llevamos 40 años discutiendo estos temas, es insólita la discusión sobre si hay o no presos políticos, donde incluso han discrepado autoridades públicas”.

“Si bien es cierto en Chile no hay presos de conciencia, es decir personas privadas de libertad por su forma de pensamiento o por expresarlo, es evidente que tenemos presos políticos. El delito político es el delito común que se comete con finalidad política, con finalidad de obtener poder político y de rebelarse contra el mismo. Los presos de la revuelta, nos guste o no lo que hicieron, están dentro de la categoría de preso político, ese elemento subjetivo es fundamental en ese concepto, eso en primer lugar. Segundo, el preso político, por supuesto, puede ser objeto de un indulto por razones políticas, no necesariamente de Justicia. De ahí es que me parece insólito que se esté tramitando un proyecto de ley de indulto para personas que no han sido condenadas. El indulto es el perdón al condenado. Lo que tenemos aquí es a presos políticos que son objeto de una situación completamente objetable desde el punto de vista del debido proceso y de los principios fundamentales como el de la libertad provisional. Su situación de privación de libertad se ha extendido por años. Ahora algunos de ellos están siendo absueltos, lo que demuestra que su prisión prolongada era totalmente injustificada y espero sinceramente que esas personas sean indemnizadas”.

“Personalmente creo que lo único que cabe en el caso de estas personas es una ley de amnistía. Respecto de los delitos, no de las personas. Hace un tiempo le pregunté a un parlamentario de izquierda, cómo era posible que estuviesen impulsando una ley de indulto cuando eso es para personas condenadas, sabiendo que la única forma para que esas personas recuperen su libertad es a través de una ley de amnistía, y me dijo: Es que a los familiares no les gusta la palabra amnistía porque les recuerda la amnistía de Pinochet. A lo que le respondí, me sorprende tu incapacidad de liderazgo, el rol del político es precisamente el de explicar las cosas a la gente cuando está equivocada”.


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